viernes, 30 de noviembre de 2012

Clarín: el mundo de la doxa y el inconfesable episteme




Nos cuenta la historiografía clásica  (sin ser rebatido por Polibio, Diodoro ni Plutarco), que en cierta oportunidad Sócrates fue increpado por un grupo de sofistas arribados desde la lejana Abydos, de la región de Eólica , allende el Egeo. Conocedores de la  célebre frase articulada por el pensador “sólo sé que no sé nada”, y con el afán de conseguir que el propio Sócrates adjurara del prestigio en que lo instalaba su sabiduría,  le interrogaron acerca de que si sus pensamientos y máximas debían, en razón de su anterior enunciado, ser inscriptos en el campo de la doxa (creencia común o mera opinión) o del espisteme (creencia justificada como verdad). A tenor del pliego inquisitivo, se dice que Sócrates elevó una ceja y, lacónica y enfáticamente, respondió “¡epistemenéame ésta!”, para, sin más comentarios, dar por concluido el debate.(*)




Es desde entonces que los partidarios del relativismo doxal devinieron en enemigos irreconciliables de los acólitos a la búsqueda del episteme, haciendo que los primeros se desinteresen de la quimera de los segundos y que los segundos sonrían socarrones ante el conformismo de los primeros.

Es dentro la tribu doxal donde logra su mayor prestigio ese anticipo descalabrado de la historia que es el periodismo. En un primer momento, alegaba las causales de necesidad y urgencia para explicar su desapego a las relaciones de causa-efecto y  a la descontextualización de los hechos en que solía incurrir: la avidez informativa de los consumidores justificaba que todo hecho fuera presentado como una isla en un mar de caos, sin antecedentes ni consecuencias, un náufrago en los tiempos. 

Pero más tarde, el déficit que otrora era necesario justificar, unido a escasez de espíritu crítico de los doxales (y según algunos, su breve y liviana memoria reciente), permitió al periodismo atar cabos inexistentes, elaborar vínculos arbitrarios e incluso, negar la propia existencia de los hechos que ellos mismos habían relatado, amparándose en la sacrosanta invocación a la opinión. Si algo del episteme  todavía subsistía en la profesión, fue herido entonces de muerte en el altar de la tergiversación y la manipulación con fines extraperiodísticos.

Permítanme ilustrar mis confusas e impertinentes reflexiones con algún ejemplo escogido al azar… a ver… se me ocurre la estrategia del Grupo Clarín para eludir la aplicación del art. 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, y el modo de comunicárselos a la tribu doxal. (1)

I – Hechos: el 7/12/09 a instancias de Clarín se dicta una medida cautelar que inhibe la aplicación de la cláusula de desinversión y suspende el plazo previsto para ello por la LSCA. Recién el 4/2/10 Clarín interpone la demanda reclamando la inconstitucionalidad del art. 161 de la Ley, y recién casi 10 meses después (17/11/10) corre traslado de esa demanda al Estado Nacional, demanda que planteaba que la norma violaba el derecho de propiedad que el grupo gozaba sobre las licencias de explotación del espacio radioeléctrico (bien que por naturaleza es dominio del Estado Nacional, quien concesiona su utilización a particulares).

      Relato: Durante todo el trámite de la Ley, Clarín agitó en contra de su aprobación basándose en argumentos que podrían sintetizarse así: es una Ley K (desconociendo la realidad que, desde 1983, buena parte de la sociedad vinculada a los medios de comunicación, venía luchando por la derogación de la Ley de la Dictadura y la sanción de una nueva que satisfaga intereses colectivos de pluralidad, diversidad y democratización del espectro, reconociendo la participación de nuevos actores) y está destinada a acallar las voces opositoras y cerrar medios de comunicación, atentando contra la libertad de expresión. 

    Conclusión: Sancionada que fuera la ley, la cacareada vulneración a la libertad de expresión, no aparece como argumento en la pretensión judicial que busca la declaración de inconstitucionalidad (de ello ya ha dado cuenta la propia Suprema Corte de Justicia). Sin embargo el discurso del Grupo sigue cabalgando sobre ese concepto a través del monocorde discurso de sus periodistas y columnistas, quedando expuesto su carácter hegemonista  a la luz de la reacción lograda en la tribu doxal: a contrapelo de los hechos corroborables, millones de sus integrantes repiten uniformemente que la ley pone en riesgo la libertad de expresión, no sólo la de Clarín, incluso la de ellos mismos a los que nunca se les abrió un micrófono para expresarse.

II – Hechos: La primera intervención de la SCJ deja claramente establecido que la cautelar lograda por el Grupo debe caducar y taxativamente dispone que el día 7 de diciembre de 2012 vence el plazo para que el Grupo presente a la Autoridad de Aplicación su proyecto de desinversión. Ante la evidencia, el Grupo Clarín presenta un recurso “per saltum” solicitando a la Corte que amplíe el plazo de la cautelar, arguyendo una situación de indefensión y de denegación de justicia porque el Estado Nacional logra dilatar la sentencia sobre el fondo de la cuestión (a pesar que, por responsabilidad exclusiva del Grupo Clarín -según lo manifestó la propia Corte- el expediente durmió durante un año sin que se le corra traslado de la demanda al Estado, es decir, la demora es responsabilidad de quien se dice afectado por ella).

      Relato: “el 7D no debe pasar nada”. Aprovechando de que la tribu doxal es poco afecta de abrevar su criterio en la fuente directa, el Grupo despliega una campaña propagandística imponiendo esa consigna. Exhibe como logro la adhesión de cámaras empresariales que maneja en razón de su posición dominante (ADEPA, propietarios de Cables) e incluso apela a internacionalizar su criterio, logrando que expresen su respaldo corporaciones de dueños de medios de comunicación como SIP y GEN. Por el contrario, entierra en la oscuridad de la ignorancia los apoyos que la aplicación de la LSCA obtiene de Reporteros sin Fronteras, organizaciones sindicales de trabajadores de prensa, organizaciones y foros de DDHH y las relatorías sobre libertad de expresión de OEA y ONU.

     Conclusión: la manipulación de los acontecimientos enrarece el clima político al punto tal que, en el marco de las convocatorias a cacerolear, hay trasnochados que llegan a asimilar el ajuste a la legalidad con un “Golpe de Estado”, llamando a la rebelión y a la resistencia civil (2). 




Resulta que la defensa del privilegio corporativo del que venía gozando el Grupo y de sus intereses económicos es capaz, no ya de cuestionar la existencia del Estado de Derecho, sino de poner en crisis el concepto de institucionalidad. La recurrente apelación a epítetos como “tiranía”, “autoritarismo”, “dictadura de los votos”, “nazismo”, “totalitarismo” que saturaron las ediciones mediáticas, así como las frecuentes comparaciones con la pasada “Dictadura Militar” (paradojales, por cierto, porque caen de la boca de quienes fueron sus socios, para endilgarse a quienes fueron sus víctimas) cumplieron la obvia finalidad de deslegitimar una política de un gobierno refrendada hace un año, generando el caldo de cultivo donde se reproducen los aprestos golpistas. 

III – Hechos: La Suprema Corte de Justicia rechaza “in límine” (sin darle tratamiento) el pedido de ampliación del plazo cautelar pedido mediante el “per saltum” de Clarín. Simultáneamente, cierra las puertas para que tal declaración no pueda ser entendida como una mera cuestión de competencia y se intente nuevamente lo mismo en Primera Instancia o en la Cámara: ordena al juez interviniente sentencie sobre el fondo de la cuestión (es decir, si la LSCA afecta o no el derecho de propiedad de Clarín) haciendo caso omiso a todo tipo de maniobra de obstrucción.

       Relato: La palabra “rechazo”, es decir la sustancia de la cuestión (te negaron lo que pediste, te rebotaron) no aparece en ninguno de los medios del Grupo ni en los medios afines. Clarín titula: “Ley de Medios: la Corte admite que si nohay un fallo inmediato habrá denegación de Justicia”,   en la bajada de la nota, el diario transcribe el fallo, en ninguna parte del texto se hace alusión a la supuesta “admisión”. En el colmo de la tergiversación, se mezclan en la nota párrafos del fallo con supuestos “trascendidos” de fuentes tribunalicias, como si una y otra cosa fueran lo mismo y tuvieran la misma fuerza obligatoria. El titular de La Nación está en sintonía: Ley de Medios: la Corte Suprema ordenó al juez de primera instancia que dicte sentencia de fondo”, al igual que el de Perfil: Ley de Medios: la Corte ordenó al juez de primera instancia que dicte sentencia de fondo”.

El colmo del amañamiento lo representa el propio abogado que patrocinó el recurso perdidoso: Para Clarín, el fallo de la Corte es "positivo": "El 7D no existe más". El abogado del multimedio, Damián Cassino, aseguró a Perfil.com que Sabbatella no puede actuar de oficio hasta que se expida el juez Alonso”. Nunca el fallo dijo eso, pero, apelando a la razón, si la viabilidad del 7-D dependía de un fallo del Juez de Primera Instancia ¿qué sentido tenía entonces pedir a la SCJ una ampliación de la cautelar? ¿La tribu doxal habrá bajado el umbral de idiotez? 

      Conclusión: la última carta preventiva frente a lo inevitable, la juega La Nación: comienza a inducir en la mente de los miembros de la tribu doxal la necesaria metamorfosis de un desconocido Juez Horacio Alonso (el juez encargado de sentenciar  sobre la constitucionalidad del art. 161 de la LSCA), en un nuevo Oyharbide: “¿Quién es el juez Alfonso, encargado deresolver si la ley de medios es válida?con obvias conclusiones difamatorias y deslegitimadoras de su función.

El barniz de festejo que se le da a la derrota no debe confundirse con una actitud que devele algún tipo de dificultad cognitiva. En realidad  en la estrategia del Grupo poco importa lo que resuelva cualquier estamento del Estado, ya que la apuesta está puesta en que la tribu doxal siga repitiendo en la verdulería, así como en piquetes, redes sociales y caceroleos, los argumentos siempre favorables que destila el propio Grupo, aunque cada vez con más fuerza brile su divorcio con la realidad. 

Otro indicio en tal sentido es la movida que impulsó trasladando a los empleados de sus empresas a manifestar frente a Tribunales previo a que recaiga el fallo, demostrando su preocupación por la conservación de la fuente de trabajo. No basta con que se repita hasta el cansancio lo que la pura lógica indica (y los hechos desde la implementación de las restantes disposiciones de la LSCA viene demostrando): a mayor cantidad y pluralidad de propietarios, mayores posibilidades de creación de fuentes de trabajo. Tampoco alcanza que se suscriba un convenio entre el Ministerio de Trabajo y la Autoridad de Aplicación donde se explicite que las nuevas concesiones serán otorgadas a condición de la conservación de los puestos de trabajo y el respeto a las condiciones laborales. El raciocinio de cientos de trabajadores está evidentemente obturado por la trabajada implantación del miedo a la desocupación, a punto tal de que son capaces de manifestarse a favor de los privilegios de un patrón que le ha negado sistemáticamente derechos laborales y sindicales.

IV – Hechos: El Grupo Clarín formula una denuncia penal contra funcionarios y periodistas, también dirigentes y agrupaciones militantes, acusándolos de coacción agravada (amenazas) y de incitación pública a la violencia contra el Grupo y sus directivos. Acá está la copia de la parte de la denuncia en que, claramente, se alude con nombres y apellidos a los supuestos delincuentes (fs. 29/30): 




¿Está claro? Aparecen Russo, Cavallero y Vicente, como “principales propaladores” de un supuesto discurso que “incita a la violencia colectiva”. ¿Puede incitarse a alguien a hacer algo si alguno no propala el discurso incitador? Evidentemente no, porque el alguien ni siquiera se enteraría de que quieren incitarlo. Ergo, a Russo, Cavallero y Vicente, se lo está denunciando, al menos, como partícipes necesarios del delito.

Clarín no publicó nada respecto a esta denuncia sino hasta que se hizo pública a través de El Argentino y 6, 7, 8, entre otras medios que la replicaron. La reacción fue casi unívoca en el mundillo periodístico, y concitó reacciones adversas desde el CELS hasta la mismísima SIP. 

       Relato: Después de tomar estado público, los abogados de Clarín salieron rápidamente a negar rotundamente que la denuncia involucre a periodistas, a pesar de la claridad del texto que acompaño (la denuncia completa está en el anterior post) manifestaron cínicamente que lo que querían era nada más que sean citados como testigos y, en su caso, manifiesten que sus dichos no fueron más que “opinión”. 

Sin vergüenza ni pudor frente a la contradicción entre lo hecho y lo manifestado, hoy el Grupo publica una solicitada que cierra graciosamente: “El Grupo Clarin nunca criminalizó ni criminalizará periodistas”. 




Clarín miente, y, para consumo de la gilada lega, insiste con la idea de que “desdenunciará” (esa palabra no existe me dirán, lo que promete Clarín, tampoco) a los mencionados, como si el Código Penal, cuando se trata de delitos de persecución pública (como en el caso)  hiciera depender la pretensión punitiva del estado de las idas y vueltas de los pareceres de un denunciante, y considerara que los testigos los pone y los saca a su antojo el que los propone.

      Conclusión: Varias posibles: Clarín derrapó sería la más obvia, porque incurrió en un desliz en el terreno que más le interesa preservar: el de la opinión pública, la que al menos aparentemente, encontró una contradicción entre su discurso con sus acciones. De ahí la necesidad de negar haber denunciado a los que se expresaron libremente, siendo que el Grupo se pretende erigir en su paladín. Clarín juega el principio goebeliano de la Transposición, la más inquietante (tapan una mala noticia con otra, pero lo peor, cargan al kirchcerismo con sus intenciones inconfesables de generar violencia).
Muchos comentaristas sobre esta situación (me incluyo en la masa) creen ver en la denuncia un intento de disciplinamiento periodístico “a lo menemista”, forzando la judicialización de situaciones que, independientemente de su resultado, causaría molestias y erogaciones imposibles de solventar a los acusados, sometiendo a la víctima a un proceso kafkiano permanente hasta agotar sus resistencia. 

Otro caso de evidente malicia procesal, se verificaría si lo que se buscase es abusar de la jurisdicción penal al sólo efecto de colocar a funcionarios del Estado en una situación de recusación que les impediría dictaminar o resolver sobre asuntos referentes al Grupo (el objetivo central en este caso sería eliminar el voto de Sabatella en el Directorio de AFSCA, un tiro directo al pié, según Manuel el Coronel, a ver si todavía lo reemplazan por el Flaco Kunkel o algún otro talibán K).

Tal vez la razón de la mengua persecutoria se debió, simplemente, a que se cruzó una invisible raya, aquella que considera de mal gusto y contraproducente “escupir para arriba”. ¿Qué sucedería si un Juez, en un intento de ganar los fastuosos  favores con que el Grupo suele homenajear a sus sirvientes, se lo tomara en serio e imputara a periodistas por expresar sus ideas (cuales quiera sean)? ¿Acaso no estarían instando un precedente sumamente peligroso para ellos mismos, íntimos amigos de las imputaciones indemostrables? 

Mejor entonces, salvarlos por el lado de que sólo “emitían opinión” (doxa), como lo sugirió el propio abogado patrocinante de la denuncia. Es decir, afirmar que Clarín es un desestabilizador serial y que impulsa los caceroleos, que acompaña enfáticamente a los gendarmes y prefectos sublevados, que propagandiza maliciosamente los efectos del Parito del 20N, que agiganta los paros agropecuarios y que, respecto a todos, se esmera en sumar adherentes, que realiza terrorismo económico, que es afecto a operaciones deslegitimadoras contra gobernantes, leyes y sentencias, por ejemplo, es admisible en el terreno de la “doxa”, más no en el ámbito del “episteme”, el terreno de los hechos suceptibles de investigación y demostración. 

¿Qué sucedería si los dichos de Clarín, sus aparentemente inconexas denuncias, sus alientos permanentes a repudiar el poder democrático, sus instigaciones sediciosas directas o sugeridas, sus proclamas panfletarias y sus vínculos con organizaciones que instan la rebelión, sus antecedentes vinculados con la promoción y sostenimiento de la Dictadura Militar y su papel en las crisis del ’97 y 2001, las manifestaciones reales, documentadas y ocultadas de odio y violencia documentadas el 13S y el 8N, fueran puestas en una sola vez, todas juntas sobre una mesa y analizadas como un todo coherente en busca del “episteme”?

Mejor que no suceda... para garantizar la pervivencia de la ficción que finamente se elabora cada mañana, es necesario erradicar un concepto subyacente: la realidad dentro de su contexto. Es imprescindible exorcizar ese fantasma que complica la construcción de un deber ser interesado, donde los sujetos se trastoquen en objetos manipulables, asfixiados en su intelecto, como los hombres de la cueva platónica, sólo capaces de percibir las sombras deformes que proyectan las páginas del Gran Diario Argentino.





* Nota: la existencia del diálogo entre Sócrates y los sofistas es refutada por algunos autores clásicos de fuste: el griego Estrabón y los latinos Suetonio y Plinio el Viejo, sostienen que es apócrifo. Platón prefiere ignorarlo.

(1) seré breve en el tratamiento de algunos puntos, ya que sobre ellos me extendí en 2 post anteriores: “Clarín, la loca estrategia de la ilegalidad”  y  "La nueva pantomima de Clarín”, invitándolo a leerlos para profundizar éste, si aún no lo ha hecho. Ahí van a encontrar los vínculos que respaldan los "Hechos".

(2) el desquicio  intelectual de este contribuyente a la causa cacerola es tan evidente que para hacer tal asimilación debe elevar al Grupo Clarín a la categoría de “autoridad creada por esta Constitución o de las provincias”, ya que a esa usurpación refiere el mentado art. 36 CN. Ahora, hay locuras peligrosas, y eso se mide en la cantidad de muros y blogs anti-K que lo replicaron adhiriendo o celebrando la idea.




5 comentarios:

profquesada dijo...

Excelente post, Rucio. Lo cierto es que quedan pocos defensores consecuentes del epistéme, dicen que con eso no se come y que por ello prefieren la doxa. Razón no les falta, no se trata de la razón del conocimiento, tampoco la de la ética, solo es una pequeña razón, pragmática y crudamente individualista frente a la cual todas las demás son prescindibles y/o utópicas. Muy a tono con la época. Muy a tono con el interés de que todo siga siendo tan injusto cuando nos vamos que cuando llegamos al mundo. Por lo menos eso es lo que intentan que aceptemos y hasta creamos que es lo mejor, lo posible.
Sin embargo, choca contra la realidad, como muy bien señalás, la doxa es un engaño aun más peligroso que el epistéme, es en esencia, el reino de la arbitrariedad de los que tienen el poder y los justifica. Y hablando de justificar y de justicia, ¿Cómo se sentirán aquellos que presagiaban con alegría el futuro default "técnico" de la Argentina como una consecuencia de los "errores" del gobierno al desafiar a los buitres, con el novísimo fallo de la cámara de apelaciones de NY, superrápido, urgente, congelando hasta el 23 de Enero el fallo absurdo -basado en la doxa- de Griessa y permitiendo a nuestro país evitar el default tan ansiado?. ¿Cómo ocultar un elefante en un bazar?. Un gran abrazo. Todo lo que parece una derrota inminente se convierte en un triunfo del odiado y esto recién empieza. Eso es lo bueno.

Luis Quijote dijo...

Además de un buen trabajo, me resulto instructivo, obligándome a repasar spbre la antigüedad griega y romana.
Gracias.

maleari dijo...

Muy bueno Don Rucio, junto al toque historico, suma, uno sobre otro, los actos que contribuyen al "fuori pista" que la corpo esta viviendo, como para no perder la cronología. Abrazo.

GrouchoMarx dijo...

Muy jugoso el artículo. Evidentemente la incorporación de tres periodistas en la denuncia es un error no forzado muy grosero.
En su soberbia no contaron con que iba a producirse una reacción corporativa que los dejó en una situación que no pueden remediar con solicitadas o aclaraciones del Sr. LaNata.
La denuncia de un delito de orden público no puede retirarse.
Queda pendiente que alguien, aparte de mí, tome en cuenta la delirante inclusión de los “integrantes de las agrupaciones La Cámpora, el Frente Transversal y el Movimiento Evita”, como sujetos pasibles de condena en sede penal ¿Pedirá Clarín que dichas agrupaciones sean declaradas fuera de la ley? ¿Deberán pasar a la clandestinidad?
Pienso en el juez que tiene que analizar este mamarracho y la verdad es que me intriga que va a resolver.
Supongo que la lógica es que los abogados hablen con Usía y el Sr. Fiscal, confidencialmente para pedirles que cajoneen o rechacen el asunto con la mayor discreción.
Darle curso a la denuncia sería un quemo.
Y, con respecto a la cautelar, esta totalmente aclarado que vence el 7D, no fue prorrogada y si el pedido de Clarín todavía no tuvo sentencia en 1ra. Instancia es porque lo tipos jugaron con extender la cautelar in eternum.

Rucio dijo...

Groucho, la denuncia contra dirigentes, funcionarios y a las agrupaciones un lo tengo "en carpeta" porque me parece que, en el marco de la libertad de expresión, merece un tratamiento especial.
Sino, sigue pareciendo que la libre expresión no es un derecho de todos sino una especie de privilegio profesional.